Estás en: UDLA / Requisitos para la toma de Carga Académica 2019-20
En razón de fundamentos estrictamente académicos, los estudiantes sólo podrán inscribir en su carga académica, asignaturas que cumplan con la aprobación del prerrequisito asociado.
Los alumnos Diurnos y Vespertinos, podrán tomar un máximo de 5 asignaturas o un máximo de 30 créditos, por semestre. Los alumnos Executive, podrán tomar un máximo de: 1° semestre: 4 asignaturas. 2° semestre: 5 asignaturas.
Los alumnos Diurnos y Vespertinos podrán inscribir dentro de la carga académica, sólo una asignatura con tope de horario. El tope de horario debe producirse sólo en un módulo de clases. Los alumnos Executive, no podrán tomar carga académica con topes de horario.
Los alumnos Diurnos podrán tomar sólo una asignatura dentro del Régimen Vespertino, para casos de tope de horario o por motivos de trabajo debidamente acreditados. La mencionada autorización se aplicará en los mismos términos a los alumnos Vespertinos que soliciten tomar ramos en el Régimen Diurno. Los alumnos Diurnos y Vespertinos no podrán tomar ninguna asignatura en modalidad Executive.
Tendrán prioridad para tomar las asignaturas de un determinado nivel, los alumnos que por avance académico les corresponda, sólo si el cupo y el progreso académico lo permiten, podrán acceder a inscribir asignaturas de un nivel superior. Se sugiere a los alumnos no tomar asignaturas que contemplen un desfase superior a tres semestres, en atención a que el Plan de Estudios se ha elaborado considerando un avance ordenado y secuencial fundado en aspectos académicos
Los alumnos podrán efectuar cambios a su carga académica hasta el 20 de agosto del presente año. Los alumnos Executive deberán tomar su carga académica semestral en bloque, pudiendo realizar modificaciones hasta la misma fecha antes indicada, vencido el plazo el alumno no podrá agregar o reemplazar asignaturas en su carga académica semestral.
Solo podrán rendir evaluaciones los estudiantes que tengan inscrita e ingresada la carga académica regular del período correspondiente. Los Profesores no podrán evaluar a los alumnos que no cumplan con la condición anterior. Todas las situaciones o casos no descritos dentro de los anteriores, deberán ser planteados y fundados por escrito en la Sede respectiva, hasta el 20 de agosto del presente, la que resolverá en conjunto con el equipo de Facultad.